20 junio 2014

¿TIENE JUAN CARLOS I DERECHO A PERCIBIR EL DESEMPLEO?


Siguiendo en esta línea que me he marcado últimamente, de honda preocupación por el futuro económico de nuestro monarca, y después de haber calculado su jubilación, procede determinar si tras su abdicación (acceso a la Ley Orgánica 3/2014) genera derecho a la prestación contributiva de desempleo. Y, ya lo avanzo, la respuesta es negativa. Estos son los motivos.


En primer lugar, por que se trata de una baja voluntaria. Y el artículo 203 LGSS establece, bien claramente, en referencia al desempleo, que su objetivo es "la protección de la contingencia de desempleo en que se encuentren quienes, pudiendo y queriendo trabajar, pierdan su empleo o vean reducida su jornada ordinaria de trabajo, en los términos previstos en el artículo 208 de la presente Ley". Es evidente que en este caso el monarca ni quiere ni, a la vista de las últimas apariciones públicas, puede ejercer de Jefe del Estado. Pero, es más, como establece el art. 208.2 LGSS, muy claramente, "no se considerará en situación legal de desempleo a los trabajadores que se encuentren en los siguientes supuestos:

1. Cuando cesen voluntariamente en el trabajo, salvo lo previsto en el apartado 1.1.e) de este artículo.

2. Cuando, aun encontrándose en alguna de las situaciones previstas en el apartado 1 anterior, no acrediten su disponibilidad para buscar activamente empleo y para aceptar colocación adecuada, a través del compromiso de actividad".

En segundo lugar, por la edad. Establece el art. 207 LGSS, en su apartado d), que, entre los requisitos para acceder a la prestación de desempleo, debe cumplirse el "no haber cumplido la edad ordinaria que se exija en cada caso para causar derecho a la pensión contributiva de jubilación, salvo que el trabajador no tuviera acreditado el período de cotización requerido para ello, o se trate de supuestos de suspensión de relaciones laborales o reducción de jornada autorizados por resolución administrativa". Y como ya vimos en la anterior entrada, sí reúne el período de cotización para acceder a la jubilación y ha rebasado ampliamente la edad ordinaria.


En fin, ya me perdonarán Uds. esta tontería de entrada, pero es que en un país con una cifra total de desempleados situada en 4,57 millones, en el que no todos los parados gozan de protección, y algunos lo hacen en condiciones indignas e insuficientes -recordemos que el subsidio de desempleo es de apenas 426 euros mensuales, e incluso hay perceptores por debajo de esas cuantías al haber trabajado a tiempo parcial-, mantener una monarquía, absolutamente trasnochada, inútil e innecesaria, me parece un anacronismo y un "guiño" a la España más profunda. 


Adiós Sr. Juan Carlos, adiós......Salut i República.






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